• Tienes más de 50 emplead@s, debes registrar tu Plan de Igualdad... YA!!

    Escriba su subtítulo aquí
    Más información
  • El Tribunal Supremo valida el registro del plan de igualdad elaborado de forma unilateral.

    Escriba su subtítulo aquí
    Más información
  • La inspección te pedirá los protocolos de igualdad

    Escriba su subtítulo aquí
    Más información
  • Nueva obligación para las empresas de más de 50 emplead@s: El protocolo LGTBI.

    Escriba su subtítulo aquí
    Más información

Libérate de preocupaciónes,

nos encargamos de todo tu plan de igualdad

En D&C Consulting entendemos que la implementación de un Plan de Igualdad puede parecer una tarea abrumadora. Pero no tiene por qué ser así. Nuestro equipo de expertos está aquí para guiarte en cada paso del camino, eliminando cualquier complicación y asegurando que tu empresa cumpla con todas las normativas de igualdad de género de manera eficiente y efectiva.


Desde la evaluación inicial hasta la implementación y el seguimiento continuo, estamos comprometidos a brindarte el apoyo y la orientación que necesitas para alcanzar tus objetivos de equidad.

¿te ayudamos?

Requisitos de las políticas de igualdad

Dependiendo del numero de emplead@s con el que cuentes en tu empresa debes cumplir unas obligaciones muy claras. Te ayudamos a cumplir con la normativa vigente en políticas de igualdad.

Garantice en su empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres según la normativa vigente.


REAL DECRETO-LEY 6/2019, de 1 de marzo.

Consulta el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Protocolos de Acoso


Empresas con al menos un emplead@

El protocolo de prevención y actuación por acoso laboral tiene por objeto definir unas pautas que nos permitan identificar una situación de acoso, ya sea moral, sexual o por razón de sexo, con el fin de solventar una situación discriminatoria, procurando, en todo momento, garantizar los derechos de las víctimas.

FORMACIÓN REDACCION DE PROTOCOLOS IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS ACREDITACIÓN

Plan de Igualdad


Empresas con más de 50 emplead@s

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

DIAGNOSTICO INICIAL REGISTRO SALARIAL AUDITORIA RETRIBUTIVA VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEFINICIÓN DE OBJETIVOS Y MEDIDAS RESGISTRO DEL PLAN IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS SEGUIMIENTO DE MEDIDAS

Protocolo LGTBI


Empresas con más de 50 emplead@s

Un plan LGTBI es un conjunto de políticas, procedimientos y acciones diseñadas para promover la inclusión y la igualdad de oportunidades dentro de una organización, así como para prevenir la discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

FORMACIÓN REDACCION DE PROTOCOLOS IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS ACREDITACIÓN

Si tienes una empresa de más de 50 emplead@s, debes registrar tu plan de igualdad...YA!

En marzo de 2019 se publica el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo bajo el concepto de: “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación” el cual establece la obligatoriedad de implantar un Plan de Igualdad en empresas de más de 50 empleados.


Los planes de igualdad pretenden establecer en las organizaciones la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres mediante la erradicación de cualquier tipo de desigualdad o discriminación que por razón de sexos pueda existir en una empresa, para lo que se hace necesario definir, englobar, especificar y analizar un conjunto de objetivos, medidas y acciones, planificadas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres.



¿CONOCES LAS SANCIONES POR NO DISPONER DE UN PLAN DE IGUALDAD REGISTRADO?


Sanciones económicas, con multas entre 626 euros y 819.780 euros.


Pérdida automática de ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción.



Exclusión automática del acceso a programas de empleo durante seis meses a dos años. 

El Tribunal Supremo valida el registro del plan de igualdad elaborado de forma unilateral.

En Desde que se estableció la obligación de elaborar Planes de Igualdad, muchas empresas se han enfrentado a desafíos para negociar y registrarlos, especialmente cuando carecen de representación legal de los trabajadores.


Se han emitido sentencias judiciales a favor y en contra del registro de estos planes. Algunas favorecen el registro cuando las empresas demuestran su voluntad de cumplir con los requisitos, mientras que otras lo deniegan en caso contrario.

LEER ARTÍCULO

¿Tienes emplead@S? La inspección te pedirá los protocolos de igualdad

Todas las empresas, sin importar su tamaño, están obligadas a contar con un protocolo de prevención y actuación frente al acoso laboral, sexual y por razón de sexo, desde el momento en que tienen al menos un empleado. Esta medida es fundamental para garantizar un entorno de trabajo seguro y libre de cualquier tipo de discriminación o acoso. El protocolo debe establecer claramente las acciones a tomar ante cualquier denuncia y los procedimientos para investigar y resolver estos casos con total confidencialidad y eficacia.


Además, la Inspección de Trabajo puede requerir en cualquier momento que la empresa acredite la existencia de dicho protocolo. En caso de no tenerlo, la empresa se expone a sanciones graves, que pueden acarrear importantes multas económicas, así como daño a la reputación. Es vital no solo cumplir con esta obligación legal, sino también proteger a los empleados y garantizar un entorno laboral sano y respetuoso.


La falta de un protocolo de acoso puede considerarse una infracción muy grave en materia laboral, con sanciones que van desde 6.251 euros a 187.515 euros, según la gravedad. Si además la inexistencia o inaplicación del protocolo deriva en una infracción en prevención de riesgos laborales, las multas pueden oscilar entre 40.986 euros y 819.780 euros.

Nueva obligación para las empresas de más de 50 emplead@s:

El protocolo LGTBI.

A partir del 2 de marzo de 2024, todas las empresas con más de 50 empleados estarán obligadas a implementar un Plan LGTBI, tal como lo establece la Ley 4/2023 (conocida como la Ley Trans). Este plan debe incluir un protocolo antiacoso, medidas para garantizar la igualdad real y efectiva del colectivo LGTBI, y acciones específicas para prevenir y actuar frente a casos de acoso o violencia hacia personas LGTBI en el entorno laboral.


El Plan LGTBI debe ser negociado con la representación legal de los trabajadores a través de la negociación colectiva, y su alcance y contenido se están desarrollando reglamentariamente. Las empresas que no cumplan con esta obligación podrían enfrentarse a sanciones económicas significativas, que pueden llegar hasta los 150.000 euros​(


Si ya cuentas con un Plan de Igualdad, será necesario actualizarlo para incluir estas medidas específicas para el colectivo LGTBI​.

Share by: